
PRIMERO.- INSTRUIR el registro obligatorio de los Operadores de Servicio Postal en las Plataformas Virtuales.
SEGUNDO.- ESTABLECER como única forma de pago la Cobranza en Línea a través del Código de Pago de Tramites - CPT a partir de la gestión 2019, en el marco del Plan de Implementación de Gobierno electrónico, debiendo los operadores adecuar sus procedimientos de pago a esta metodología.
TERCERO.- APROBAR la aplicación del Formulario de Declaración Jurada FRE-001 y su Instructivo de Llenado, en sus seis artículos:ARTÍCULO 1: (ANTECEDENTES), ARTÍCULO 2: (FORMULARIO FRE-001), ARTÍCULO 3: (RECTIFICACION FORMULARIO FRE-001), ARTÍCULO 4: (GENERACIÓN DEL TICKET DE PAGO A TRAVÉS DEL CÓDIGO DE PAGO DE TRAMITES - CPT), ARTÍCULO 5: (PROCEDIMIENTO DE ESTIMACIÓN DE OPERADOR EQUIVALENTE O SIMILAR) y ARTÍCULO 6: (VALIDEZ DE LA DECLARACIÓN JURADA Y SU RECTIFICACIÓN), para el cálculo de las obligaciones financieras de Servicio Postal a partir de las Obligaciones Financieras de la gestión 2019, que en Anexo 1 y 2 respectivamente, forman parte de la presente Resolución.
CUARTO.- INSTRUIR el llenado del Formulario de Declaración Jurada FRE-001 a los Operadores Postales a través de la Plataforma Virtual.
QUINTO.- INSTRUIR Instruir al Área de Tecnología Informática y a la Unidad de Finanzas la aplicación de Estados de Cuenta de Operadores de Servicio Postal en el SICOSI, para PNSPU, PRF y CAO.
SEXTO.- ENCARGAR a la Dirección Administrativa Financiera la publicación de las partes pertinentes del presente acto administrativo en un periódico de prensa de circulación nacional y de manera integra en el sitio web de la ATT, permanentemente, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34 de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 2341 de 23 de abril de 2002; asimismo encargar a la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones y TIC, realizar el registro de la presente Resolución.
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ATT-DJ-RAR-PT LP 0002_2019.PDF | ![]() |