
RESUELVE:
PRIMERO.- ACUMULAR las solicitudes de aclaración y complementación presentadas por la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES NUEVATEL PCS DE BOLIVIA S.A. - NUEVATEL PCS DE BOLIVIA S.A., EMPRESA TELEFÓNICA CELULAR DE BOLIVIA S.A. - TELECEL S.A. y la EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - ENTEL S.A., respecto a la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 222/2022 de 18 de mayo de 2022.
SEGUNDO.- DAR LUGAR únicamente al planteamiento formulado en los puntos a) y b) de la solicitud de aclaración y complementación presentada mediante memorial de 07 de junio de 2022, por la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES NUEVATEL PCS DE BOLIVIA S.A. - NUEVATEL PCS DE BOLIVIA, respecto a la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 222/2022 de 18 de mayo de 2022, conforme a los términos expuestos en el Considerando 5 de la presente Resolución Administrativa Regulatoria.
TERCERO.- DAR LUGAR únicamente al planteamiento formulado en los puntos 1, 2, 3 y 4 de la solicitud de aclaración y complementación presentada mediante memorial de 07 de junio de 2022, por la EMPRESA TELEFÓNICA CELULAR DE BOLIVIA S.A. - TELECEL S.A., respecto a la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 222/2022 de 18 de mayo de 2022, conforme a los términos expuestos en el Considerando 6 de la presente Resolución Administrativa Regulatoria.
CUARTO.- DAR LUGAR al planteamiento formulado en los puntos a), b), c) y d) de las solicitudes de aclaración y complementación presentadas mediante notas ENT-SGAR-E/2206002 de 01 de junio de 2022 y ENT-SGAR-E/2206031 de 07 de junio de 2022, por la EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - ENTEL S.A., respecto a la Resolución Administrativa Regulatoria ATT-DJ-RAR-TL LP 222/2022 de 18 de mayo de 2022, conforme a los términos expuestos en el Considerando 7 de la presente Resolución Administrativa Regulatoria.
QUINTO.- INSTRUIR a la Dirección Técnica Sectorial de Telecomunicaciones y TIC de la ATT la publicación de la presente Resolución en un medio de comunicación escrito de circulación nacional y en la página web de la ATT (www.att.gob.bo).
Notifíquese, a la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES NUEVATEL PCS DE BOLIVIA S.A. - NUEVATEL PCS DE BOLIVIA S.A., en su domicilio ubicado en la Calle Capitán Ravelo Esq. Rosendo Gutiérrez N° 2289, Edificio Multicentro Torre C, Mezzanine 1 - 2, de la Ciudad de La Paz del Departamento de La Paz, Teléfono (s): 2442420, 70610002, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 13 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial – SIRESE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172, de 15 de septiembre de 2003.
Notifíquese, a la EMPRESA TELEFÓNICA CELULAR DE BOLIVIA S.A. - TELECEL S.A. en su domicilio ubicado en la Av. Doble Vía La Guardia 5° Anillo, Calle Santa Teresa N° 4050, UV:109, MZ: 10, Edif. Tigo, de la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra del Departamento de Santa Cruz, Teléfono (s): (2)2790738, 2435055, 2435066, 76207400, (3)3355001, 77390000, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 13 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial – SIRESE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172, de 15 de septiembre de 2003.
Notifíquese, a la EMPRESA NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES SOCIEDAD ANÓNIMA - ENTEL S.A. en su domicilio ubicado en la Calle Federico Zuazo N° 1771, edificio Tower piso 10, de la Ciudad de La Paz del Departamento de La Paz, Teléfono (s): 2122006, 2141010, 72029500, de conformidad a lo dispuesto por el Artículo 13 del Reglamento a la Ley de Procedimiento Administrativo para el Sistema de Regulación Sectorial – SIRESE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 27172, de 15 de septiembre de 2003.